La Cámara de Diputados de México ratifica la prohibición de las terapias de conversión: un paso crucial hacia la protección de la comunidad LGBTTIQ+

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La Cámara de Diputados de México ha ratificado la aprobación de una reforma que prohíbe las terapias de conversión en el país. Con una votación de 267 a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, se ha aprobado en su totalidad la minuta que modifica el Código Penal Federal y añade un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, según lo informado por la propia Cámara.

El propósito de estas modificaciones legislativas es penalizar a quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que tenga como objetivo obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. Se propone una pena de prisión de dos a seis años y una multa que oscila entre mil y dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Antes de entrar en vigencia, la reforma deberá regresar al Senado para su revisión, debido a algunas modificaciones realizadas durante el proceso en la Cámara de Diputados.

Las terapias de conversión, ahora conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), son consideradas métodos de violencia física, moral o psicoemocional dirigidos hacia los miembros de la comunidad LGBTTIQ+. Según la organización sin fines de lucro Yaaj México, entre los métodos utilizados en los Ecosig se encuentran la privación de la libertad, la tortura y las violaciones «correctivas».

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